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IGJ INSTRUCTIVOS HTML - PRESENTACIÓN DE ASAMBLEAS Y ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES COMERCIALES - COMPRENDIDAS EN ART. 299 LSC - SOCIEDADES NO SUJETAS A FISCALIZACIÓN PERMANENTE - SOCIEDADES EXTRANJERAS

 

PRESENTACIÓN PREVIA DE ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES COMPRENDIDAS EN ART. 299 LSC.

 

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA REALIZAR DICHA PRESENTACIÓN?

Las sociedades deben comunicar a la Inspección General de Justicia la celebración de sus asambleas ordinarias con quince días hábiles de antelación.

 

¿CUÁL ES EL FORMULARIO QUE SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

Formulario de “PREVIA DE ASAMBLEAS Y ESTADOS CONTABLES”, original y duplicado. Un formulario por cada asamblea y/o balance que se presente.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

1. ACTA: Trascripción del acta de la reunión del directorio firmada por el representante legal, de la que deberá surgir la trascripción de la memoria del ejercicio económico y la convocatoria a la asamblea que deberá considerar los estados contables. Dicha convocatoria supone la conformidad de los directores con los estados contables y el informe del órgano de fiscalización, aún cuando no conste expresamente su aprobación y sin perjuicio de lo previsto en el último párrafo del artículo 274 de la Ley 19.550.

 

2. ESTADO CONTABLE: Un ejemplar del mismo, trascripto a doble faz, firmado en original por el representante, por el órgano de fiscalización y por contador público –la firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas-, con la constancia del libro -y sus datos de rúbrica- y los folios que se encontraren trascriptos.

 

3. Un ejemplar del informe del auditor, conteniendo opinión.

 

4. Copia firmada del informe del órgano de fiscalización.

 

5. Copia de la memoria firmada por el representante legal

 

 

ACTUACIÓN POSTERIOR DE LA PRESENTACIÓN DE ESTADOS CONTABLES

 

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA REALIZAR DICHA PRESENTACIÓN?

 

Una vez celebrada la asamblea, dentro de los quince días hábiles posteriores a la misma.

 

¿CUÁL ES EL FORMULARIO QUE SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

Formulario de “PRESENTACIÓN POSTERIOR DE ASAMBLEAS Y ESTADOS CONTABLES” en original y duplicado, más fotocopia del formulario de presentación previa o, en su defecto, la exhibición del mismo.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBO ACOMPAÑAR?

 

1. Trascripción del acta de la asamblea que aprobó los estados contables y de la planilla de registro de asistencia a la misma, firmadas por el representante legal.

 

2. Ejemplares originales de la publicación prescripta por el artículo 237 de la ley Nº 19.550, salvo que la asamblea haya sido unánime.

 

3. ESTADOS CONTABLES: Un nuevo ejemplar del mismo –legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas- e informes indicados en los incisos 3, 4 y 5 del artículo 145 de la Res. Gral. 7/05 –presentación previa-en el caso de que tales documentos hayan sido modificados respecto a los presentados en cumplimiento de dicho artículo. La confección de los estados contables debe ajustarse a las normas técnicas profesionales vigentes y sus modificaciones (Resoluciones Técnicas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas) en su adopción por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Bs. As. y en cuanto no esté previsto en la ley, en disposiciones reglamentarias y en la Resolución General IGJ N° 07/05.

 

 

PRESENTACIÓN DE ASAMBLEAS Y ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES NO SUJETAS A FISCALIZACIÓN PERMANENTE.

 

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA REALIZAR DICHA PRESENTACIÓN?

 

Una vez celebrada la asamblea, dentro de los quince días hábiles posteriores a la misma.

 

¿CUÁL ES EL FORMULARIO QUE SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

Formulario H con la opción del menú “PRESENTACIÓN DE BALANCES (APLICATIVO SITIGJ)” en original y duplicado.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

1. Trascripción del acta de la reunión de directorio convocante y del acta de asamblea que aprobó los estados contables y de la planilla del registro de asistencia a la misma, firmadas por el representante legal. En el caso de tratarse de una sociedad por acciones, deberán acompañarse los ejemplares originales de la publicación prescripta por el artículo 237 de la Ley Nº 19.550, salvo que la asamblea haya sido unánime. Si se trata de una sociedad de responsabilidad limitada, copia firmada por el representante legal de las constancias de citación a la asamblea prescriptas por el artículo 159, tercer párrafo de la ley 19.550, salvo asamblea unánime.

 

2. ESTADOS CONTABLES: Los estados contables, firmados por el representante legal y contador –cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas- informe del órgano de fiscalización si lo hubiere y del auditor y la memoria requeridos en los incisos 3, 4, 5 y 6 del artículo 145 del Anexo “A” de la Resolución General IGJ N° 7/05, con el contenido especial correspondiente.

Se deja constancia que, en lo que se refiera a presentaciones de balances de ejercicios posteriores al año 2006, junto con el formulario correspondiente, se deberá acompañar la documentación más arriba detallada en soporte digital (cd, diskette o pendrive) junto con el manifiesto, firmado por profesional de ciencias económicas cuya firma deberá estar legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

 

 

PRESENTACION DE ASAMBLEAS Y ESTADOS CONTABLES DE SOCIEDADES EXTRANJERAS

 

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA REALIZAR DICHA PRESENTACIÓN?

 

Los estados contables de las sucursales, asientos o representaciones permanentes deben ser presentados dentro de los sesenta (60) días hábiles posteriores a la fecha de cierre.

 

¿CUÁL ES EL FORMULARIO QUE SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

Formulario de PRESENTACION DE ESTADOS CONTABLES PARA SUCURSALES, AGENCIAS Y OTRAS REPRESENTACIONES PERMANENTES DE ENTIDADES EXTRANJERAS (ART. 118 LEY Nº 19.550), en original y duplicado.

 

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE ACOMPAÑAR?

 

ESTADOS CONTABLES: Los estados contables, que deberán ser confeccionados de acuerdo con lo dispuesto en el art. 264 Res 7/05, que dispone que la confección de los balances deberá ajustarse a las normas técnicas profesionales y sus modificaciones (Resoluciones Técnicas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas) en las condiciones de su adopción por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en cuanto no esté previsto de diferente forma en la ley, en disposiciones reglamentarias y en la Resolución General IGJ N° 7/05.

 

En la misma oportunidad, deberán presentar certificación suscripta por el funcionario social cuyas facultades al efecto deben constar en ella, justificadas ante notario o funcionario público, u otra documentación cuya aptitud probatoria será apreciada por la Inspección General de Justicia, que: 1) Contenga las variaciones experimentadas por los rubros incluidos en oportunidad del cumplimiento del inc 3, subinciso b) del artículo 188 del Anexo “A” de la Resolución General IGJ N° 7/05, según composición y valores a la fecha de cierre de los estados contables de la sociedad 2) Acredite la composición y titularidad del capital social a la fecha indicada en el inciso anterior, con los datos y recaudos respecto de los socios que se prevén en el inciso 3 del art. 188 del Anexo “A” de la Resolución General IGJ N° 7/05.

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