ESTUDIO CONTABLE RG - SERVICIOS LABORALES, TRIBUTARIOS, CONTABLES, SOCIETARIOS.

 

IGJ INSTRUCTIVOS HTML - TRÁMITE DE CONSTITUCION DE SOCIEDADES COMERCIALES

 

a) Instrumento a inscribir y documentación a protocolizar:

 

1- El acta constitutiva y estatuto social de la sociedad que se constituye.

 

2- Instrumento donde se fija la sede social, en caso en que la misma no figure en el contrato.

 

3- La documental a inscribir debe instrumentarse en escritura pública si se trata de sociedades por acciones o instrumento privado o público en los demás tipos societarios con las firmas de los comparecientes certificada notarialmente.

 

4- Los documentos a inscribir y el Dictamen de Precalificación se deberán presentar conforme el artículo 37 de la Resolución General IGJ N° 7/2005, a los fines de su protocolización.

 

b) Documentación a presentar:

 

1- En caso de haber formulado reserva de denominación, acompañar el formulario correspondiente.

 

c) Publicaciones (conforme Resolución General IGJ N° 13/2012):

1- Acompañar la del artículo 10 de la Ley 19.550.

 

d) Declaración Jurada de Persona Expuesta Políticamente (Resolución General 16/2012 y modificatoria).

 

e) Dictamen de precalificación:

 

1- Expedirse sobre la capacidad de los constituyentes.

 

2- Dictaminar de conformidad con los recaudos requeridos por el art. 54 de la Resolución IGJ (G) N° 7/05 si los constituyentes son personas físicas y/o jurídicas y en este caso si han sido constituidas en la república o en el extranjero.

 

3- Si se registran socios que no fueren personas físicas, se deberá dictaminar:

 

I) Denominación, datos de personería jurídica, jurisdicción, número correlativo (si esta inscripto o autorizado por IGJ), capacidad para constituir y/o participar en sociedad comercial. Contratos de Fideicomisos Ley N° 24.441, cumplimiento Resolución (G) N° 0212006.

 

II) Entidad extranjera (adicional al punto 1):

 

a) Fecha último régimen informativo anual presentado.

b) Fecha último régimen informativo anual aprobado.

c) Fecha último estado contable presentado (art. 118 Ley N° 19.550).

 

La falta del diligente cumplimiento por la entidad extranjera de los subincisos a), b) o c), no obstará a la inscripción del presente trámite, siempre que los votos emitidos no fueran determinantes, por sí solos o en concurrencia con los de otros participantes, para la formación de la voluntad social.

 

III) Entidad civil (adicional al punto 1):

 

a) Fecha y título de adquisición de acciones.

 

b) Porcentaje de tenencia accionaría sobre el capital social.

 

4- Consignar la denominación social y en su caso expedirse respecto de las previsiones contenidas en los artículos 61 y 62 de la Resolución IGJ (G) N° 7/05.

 

5- Dictaminar si se formulo reserva de denominación y, en su caso, estado de vigencia de la misma.

 

6- Consignar la sede social y el modo de fijación de la misma (incluida en el articulado o fuera del mismo).

 

7- Consignar el capital social, cuadro de suscripción y forma de integración y si fuere en efectivo indicar la modalidad adoptada para su acreditación conforme alternativas normadas en el articulo 68 de la Resolución IGJ (G) N° 7/05.

 

8- Dictaminar si se aplicó el artículo 69 de la Resolución IGJ N° 7/2005.

 

9- Consignar el plazo de duración de la sociedad y la forma de su cómputo.

 

1 0- Consignar nómina y datos personales de los miembros de los órganos de administración y fiscalización en su caso, indicando la constitución del domicilio especial y expidiéndose sobre la aceptación de cargos, indicando el plazo de duración de los manda tos.

 

11- Dictaminar sobre el cumplimiento de la garantía que deben prestar los administradores sociales conforme artículos 75 y 76 de la Resolución IGJ (G) N° 7/05.

 

12- Dictaminar sobre la precisión, determinación y unicidad del objeto social.

 

13- Consignar fecha de cierre de ejercicio económico.

 

14- Dictaminar sobre las causales de disolución previstas estatutariamente.

 

15- Dictaminar sobre los recaudos de incorporación de herederos.

 

16- Dictaminar sobre las limitaciones y restricciones contractuales respecto al régimen de transferencia de acciones y cesiones de cuotas.

 

17- Dictaminar si la sociedad se encuentra comprendida en alguno de los supuestos del artículo 299 de la Ley 19.550, especificando el inciso correspondiente.

 

18- Dictaminar sobre 1 a pi u ral i dad de socios.

f) Copias:

 

1- Documento Registrable: acompañar copias tamaño original y protocolar.

 

2- Dictamen de Precalificación: acampanar copia protocolar.

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