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IGJ INSTRUCTIVOS HTML - ¿CÓMO CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN CIVIL?

 

Reserva de denominación (no es obligatoria)

 

Antes de constituir una Asociación Civil se sugiere realizar la reserva del nombre, que tendrá una vigencia de 30 días corridos. Para efectuar esta reserva deberá:

 

1. Ingresar en Formularios, generar y completar los datos del formulario denominado "Reserva de denominación".

 

2. Imprimir el formulario y acercarse a la Mesa de Entradas de la IGJ para consultar si la denominación elegida se encuentra disponible para el uso.

 

3. Si la reserva del nombre es posible, se deberá abonar el timbrado del formulario en el sector de cajas y hacer efectiva la reserva en el puesto de atención.

 

A través del servicio de Consulta de Homonimia, disponible en esta página, se puede conocer si la denominación propuesta está disponible o no, aunque el hecho de encontrarla disponible no indica que pueda ser utilizada. La efectiva disponibilidad deberá confirmarla de manera personal en la Inspección General de Justicia.

 

 

Inicio del trámite

 

1. Ingresar a Formularios, generar y completar el formulario denominado "Autorización para funcionar como persona jurídica".

 

2. Pagar el formulario en las cajas del organismo, o a través de la red Banelco, dentro de los 10 días corridos de haberlo emitido. De vencer el plazo, se deberá generar un nuevo formulario, sin ningún perjuicio ni cargo extra.

 

3. Presentar el formulario timbrado, junto con la documentación requerida, en el sector de Presentación de Trámites de la Mesa de Entradas de la IGJ. El trámite puede ser presentado por el firmante del formulario, el profesional interviniente, o la persona debidamente autorizada en la documentación que se presenta.

 

Documentación requerida para el inicio del trámite:

 

-Acta constitutiva, con copia simple y protocolar.

 

-Estatuto, con copia simple y protocolar.

 

-Dictamen de precalificación.

 

-Declaraciones Juradas de Persona Expuesta Políticamente (Res. 2/2012).

 

-Nómina de comisión directiva, constituyendo domicilio especial, con las respectivas declaraciones juradas.

 

-Demostración de patrimonio inicial.

 

 

Evolución del trámite

 

Una vez ingresado el trámite en la IGJ, podrá conocerse la evolución del mismo a través de "Consulta de Trámites y Vistas" disponible en el sitio Web de IGJ, o acercarse a la Mesa de Entradas del organismo. El análisis de la documentación presentada estará a cargo de un inspector, quien podrá efectuar observaciones que frenen el avance del trámite. Estas "vistas" deberán ser contestadas para poder continuar con la tramitación.

 

 

Finalización del trámite

 

Concluirá cuando se firme la resolución de otorgamiento de personería jurídica, y que esa misma resolución esté disponible en la Mesa de Entradas del organismo para ser retirada.

 

 

 

 

 

Trámites posteriores

 

 

 

En primer lugar, se deberá solicitar la individualización y rúbrica de libros. De manera anual, presentar la documentación de asamblea ordinaria, balance y memoria, además de informar cambios en el estatuto, sede, autoridades u otros. La realización de todos los trámites requiere la presentación de un formulario, que puede ser obtenido a través de la opción Formularios en los Accesos Directos de este sitio.

 

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