ESTUDIO CONTABLE RG - SERVICIOS LABORALES, TRIBUTARIOS, CONTABLES, SOCIETARIOS.

 

INSTRUCTIVO DPPJ - PERSONAS JURIDICAS - REGISTRO - OFICIO Y MEDIDAS CAUTELARES

 

DEPARTAMENTO OFICIO Y MEDIDAS CAUTELARES

 

Departamento tiene a su cargo:

 

1) La contestación de oficios e informes (Artículo. 234)

2) El registro de medidas cautelares (Art. 52)

3) El registro de anotaciones concursales (Art. 66)

4) El registro de personas inhabilitadas por quiebra (Art. 69)

 

I. OFICIOS E INFORMES

 

A) LEGITIMACIÓN

Se encuentran legitimados para requerir información sobre personas jurídicas inscriptas en esta Dirección, además de los representantes naturales, las personas enumeradas en el Art. 236 de la disposición.

 

B) FORMALIDADES DE LA SOLICITUD

 

-La solicitud de informes deberá efrectuarse en los formularios correspondientes, según el tipo de información solicitada, que como Anexos forman parte de la presente disposición (art 237/247)

El Departamento Técnico Administrativo y/o Departamento Delegaciones verificará el cumplimiento de los requisitos formales establecidos en el Titulo I, Capítulo I, y previo a su caratulación se girará al Departamento Oficios y Medidas cautelares.

-Debe salvarse toda testadura, entrelineado, sobrerraspado y enmienda.

-El pago de la tasa administrativa debe constar en el Formulario de solicitud.

-Se les recuerda a los profesionales que, cuando la intervención de esta

Dirección es requerida en virtud del artículo 58 Ley 5.177 (texto Ley

12.277cuanto a los requisitos a cumplir).

El profesional deberá consignar su nombre, domicilio, carátula del juicio, juzgado y secretaria en su caso.

De no cumplirse con estos requisitos, no se dará curso al pedido de informe, autorizándose solo la vista del expediente.

 

 

II) MEDIDAS CAUTELARES Y SUS LEVANTAMIENTOS.

 

Los oficios judiciales que contengan trabas, modificaciones, caducidad, extinción y/o levantamiento de medidas cautelares deberá ser suscriptas por el juez, secretario o tribunal interviniente y ajustarse a las disposiciones del Código de Procedimiento y a los art 46 a 60 de la disposición.

 

DELEGACIONES

 

I) OFICIOS DE TRABA DE MEDIDAS CAUTELARES

 

Se ha observado, la falta de cumplimiento por las Delegaciones de la Disposición 148/2008, conforme a la cual éstas, deben en el mismo día de la recepción del oficio, anticiparlo por fax al Departamento Oficio y Medidas Cautelares. (TE 0221-4836234).

Sin perjuicio de ello deberá remitirse a esta Dirección, el oficio original en los plazos establecidos en dicha disposición. II) DEVOLUCIÓN DE ANTECEDENTES

Se recomienda la pronta devolución de los antecedentes, que se remiten a las Delegaciones, pues muchas veces se necesitan para contestar oficios, informes u otros trámites.

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